Se aprobó el Reglamento Técnico del MERCADO COMÚN DEL SUR (MERCOSUR) sobre “la metodología para efectuar el Control Metrológico en pescados, moluscos y crustáceos glaseados, a los efectos de determinar el contenido efectivo”
La medida entra en vigencia a partir de los 180 días de su publicación en el Boletín Oficial.

La Resolución 451/2020 fechada el día 26 del corriente entre otros considerandos expresa «Que, con la finalidad de satisfacer el objetivo de constituir un Mercado Común, los Estados Partes, signatarios del Tratado de Asunción, han decidido reglamentar la metodología para efectuar el Control Metrológico en pescados, moluscos y crustáceos glaseados, a los efectos de determinar el contenido efectivo”.
La Resolución lleva la firma de La Secretaria de Comercio Interior, Lic. Paula Irene Español. y funda la misma en la Resolución N° 9 de fecha 5 de junio de 2019 del Grupo Mercado Común, por la cual se dictó un nuevo “Reglamento Técnico MERCOSUR sobre la metodología para efectuar el Control Metrológico en pescados, moluscos y crustáceos glaseados, a los efectos de determinar el contenido efectivo”.