CMP para el Bacalo, el Abadejo y la Merluza Austral

Mediante Resolución CFP N° 12/2023, se estableció la Captura Máxima Permisible para las tres especies y para el año 2024.

El Artículo 1° establece, para el año 2024, la Captura Máxima Permisible de las especies y en las cantidades que se detallan a continuación:

a) Abadejo (Genypterus blacodes), en TRES MIL SEISCIENTAS (3.600) toneladas;
b) Bacalao austral (Salilota australis) en CINCO MIL (5.000) toneladas; y
c) Merluza austral (Merluccius australis) en MIL TRESCIENTAS (1.300) toneladas

Industria Pesquera marplatense

En tanto en su Artículo 2° manifiesta que la resolución «entrará en vigencia a partir del día de la fecha,
podrá ser revisada por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO y, de ser necesario, complementada o modificada, a partir de la información y las recomendaciones del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO
«.

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